La Constitución japonesa: un puente a Occidente
Japón, el Imperio del Sol Naciente, es uno de los países asiáticos que más similitudes guarda con Occidente, tanto en el plano económico y legal, como incluso en el cultural, a consecuencia de la recepción y la adaptación de tradiciones occidentales.
Pero, ¿cómo es posible que un país que hasta 1888 era gobernado por guerreros samuráis guarde tantos parecidos con Occidente solo 130 años después? La explicación de la occidentalización de Japón tiene una doble vertiente: La Restauración Meiji, que significó la implantación de reformas prooccidentales; y la ocupación estadounidense, que entre otras cosas, supuso la aprobación de una Constitución de corte occidental que sigue siendo, sin haber sufrido reforma alguna, la norma suprema de Japón.
Con la Restauración Meiji se puso fin al Shogunato Tokugawa, régimen que guardaba similitudes con el feudalismo europeo; y comenzaron a desarrollarse una serie de reformas que buscaban la modernización y la occidentalización. De este modo, a partir de 1889 se establecieron instituciones políticas y legales a semejanza de Occidente, al mismo tiempo que se produjeron reformas en los ámbitos económicos, sociales y militares que consiguieron que en poco tiempo Japón se convirtiese en una potencia mundial. De hecho, para ver lo significativo de las reformas militares, puede decirse que la Restauración Meiji buscó modernizar Japón a través de lo militar. Sin embargo, el cambio más significativo fue la promulgación en 1889 de la primera Constitución de la historia de Japón, la cual, inspirada en la Constitución Prusiana se mantendría vigente hasta 1947.
Pero fue la ocupación estadounidense la que, desde un punto de vista legal, hizo que Japón adquiriese un sistema jurídico consonante con los occidentales, dotando a Japón de una Constitución que bien podría ser comparada con la de cualquier Estado europeo. Tras la pérdida de Okinawa por parte de los japoneses y el lanzamiento de la bomba atómica en Hiroshima y Nagasaki, la capitulación japonesa no tardaría en llegar. Ésta fue firmada el 2 de agosto de 1945 a bordo del acorazado Missouri, poniendo fin de forma absoluta a la II Guerra Mundial. Tras dicha capitulación, los Estados Unidos ocuparon la totalidad de Japón, sin necesidad de hacer una gran demostración de fuerza ya que la derrota japonesa fue un gran golpe para la moral del país (equiparable al desastre del 98 español) y dio lugar a un gobierno japonés sumiso que había entrado en la dinámica de gobierno derrotado.
La ocupación estadounidense, encabezada por el General Douglas McArthur, Comandante Supremo de las Fuerzas Aliadas en el Frente del Pacífico Sur, buscaba la democratización de Japón, el alejamiento de la influencia comunista, y la certeza de que el Estado asiático no volviese a constituir una amenaza a nivel internacional. Para ello, entre otras múltiples medidas, decidieron que Japón debía contar con una Constitución que asegurase sus intenciones. Siendo conscientes de que la Constitución de la era Meiji no era la adecuada como base sobre la que construir un Estado democrático, solicitaron al gobierno japonés que entregase el borrador de un nuevo proyecto constitucional. El gobierno japonés por su parte, consideró que algunas ligeras modificaciones y un cambio en la interpretación de la Constitución Meiji serían suficientes, sin embargo, no eran esos los planes de EEUU. Una comisión estadounidense redactó un borrador de Constitución, que recibió el nombre “Reform of Japan” y que fue aceptado y presentado como suyo por parte del gobierno japonés.
Esta Constitución, que fue aprobada por el Parlamento y legitimada por unas elecciones en la que votaron por primera vez las mujeres, fue promulgada el 3 de mayo de 1947 y no ha sufrido ninguna modificación hasta el día de hoy, lo que puede ser explicado por su arduo procedimiento de reforma. Para su modificación requiere la aprobación de las dos terceras partes de las dos Cámaras Legislativas de Japón, así como la ratificación posterior en referéndum, siendo esto un claro ejemplo de la pretensión de estabilidad nacional que buscaba Estados Unidos.
La Constitución, dividida en once capítulos, comienza haciendo referencia a la figura del Emperador. Hiro Hito, Emperador japonés durante la guerra y durante el inicio de la ocupación estadounidense, fue preservado en su cargo como símbolo del Estado y la Unidad del Pueblo. No obstante, fue despojado de todo poder ejecutivo y divino, pasando a ser considerado como un simple mortal, a pesar de que el shintoismo siguiera y siga siendo observado en distintos sectores y siga representado en algunas fiestas nacionales. Sin embargo, McArthur consideró que el mantenimiento de la figura del emperador era imprescindible para conseguir la estabilidad, y en cierto modo no se equivocaba, ya que se estima que el 80% de la población japonesa actual valora positivamente dicha figura.
Destaca en gran manera el artículo 9 de la Constitución japonesa, en el cual se renuncia a la guerra y al mantenimiento de un ejército. A pesar de lo “bondadoso” de esta disposición y del espíritu pacífico de la misma, deja entrever claramente la sumisión de Japón a los Estados Unidos.
Continúa la Constitución enumerando una serie de derechos tales como la libertad de culto, la libertad de asociación reunión y expresión, el secreto de comunicaciones, el derecho al trabajo y a la existencia de sindicatos, el derecho a la propiedad y una serie de derechos relacionados con la justicia, tales como el derecho a un debido proceso, al Habeas Corpus, derecho a un juicio justo y la protección contra la detención ilegal y contra la autoincriminación.
También se encarga la Constitución, además de la regulación de las finanzas y de las autonomías locales (pequeñas, pero existentes), de establecer una clara división de poderes. El poder legislativo recae sobre la Dieta Nacional, considerada como Órgano Supremo del Poder del Estado y único órgano legislativo del mismo, y que cuenta con dos cámaras: La Casa de los Representantes, cuyos miembros son elegidos cada cuatro años, y la Casa de los Consejeros, con miembros elegidos cada tres años. El poder ejecutivo recae sobre el Gabinete, formado por el Primer Ministro, el cual, tras haber sido elegido por la Dieta Nacional, se encarga del nombramiento de los Ministros. Por último, el Poder Judicial es ejercido por la Corte Suprema y los Tribunales inferiores.
Si hacemos un repaso de los principios informadores de la Constitución japonesa de 1947, observaremos elementos claramente reconocibles en constituciones occidentales, lo que explica, al menos desde el punto de vista legal, las similitudes que comentábamos al inicio entre Occidente y Japón. No cabe duda que la derrota japonesa en la II Guerra Mundial, supuso una debacle nacional que afectó a las raíces mismas de la cultura japonesa, lo que hizo que el pueblo japonés (siguiendo a su gobierno) pasase a tener una mentalidad más abierta que permitiese, a través de un ejercicio de modernidad, abrazar nuevas instituciones, nuevas normas e incluso nuevas formas de vida.
Sin embargo, no debemos dejar de lado el hecho de que, a pesar de la apertura cultural como consecuencia de los desastres de la guerra y de la conversión de mentalidad del pueblo japonés, dichas transformaciones transcurrieron durante el periodo de ocupación estadounidense. Un ejemplo del poder impuesto por dicha ocupación recae sobre la Constitución que acabamos de analizar. Más allá de contar ésta con el status de Norma Suprema, hay que recalcar que siempre estuvo subordinada a las órdenes de la Comandancia Suprema de las Fuerzas Aliadas. De este modo nos encontramos con que la Constitución de Japón, entendida como norma fundamental sobre la que construir la nueva democracia japonesa, estuvo supeditada durante tres años (las fuerzas de ocupación estadounidenses abandonaron Japón en 1950 como consecuencia del estallido de la guerra de Corea) al mandato de la Comandancia Suprema Aliada.
Enrique Roldán Cañizares